Carta del
21 de enero de 1947: cristiandad, masonería y esoterismo, Al-Hallâj
A Marcel
Clavell (Jean Reyor)
No
creo que la condena de la masonería por parte de las Iglesias ortodoxas sea un
peligro muy inminente, y en cuanto a la unión de las Iglesias, no me parece
realizable; los esfuerzos que se hacen en ese terreno no tienen ninguna
posibilidad de triunfar.
No
estoy tan seguro como usted de que la Iglesia romana, al excomulgar a los
masones, se haya extralimitado en sus poderes, pues precisamente la cuestión de
saber si la masonería es un esoterismo o no, no se plantea aquí en absoluto.
Según los más grandes sufíes, incluido ibn ‘Arabî, la condena de Al-Hallâj era
legítima, y absolutamente independiente de la cualidad intrínseca del santo,
asimismo, cuando un movimiento es perjudicial para los intereses de la Iglesia –y
estos intereses son legítimos como el esoterismo mismo—, la Iglesia tendría
siempre derecho a actuar con rigor; ahora bien, es indiscutible que no podía
considerar legítima una organización que, poniendo en pie de igualdad a todas
las religiones, y con ellas la irreligión, se presentaba prácticamente, o como
una superreligión, o como una no religión –o una pseudorreligión laica a base
de moralismo humanitario y liberal—, y que con ello amenazaba engendrar un
igualitarismo religioso y por tanto una indiferencia religiosa inadmisibles
desde el punto de vista exotérico. Guénon dijo en algún sitio que, para los
exoteristas, el esoterismo es como si no existiera; ¿cómo se les puede
reprochar entonces que lo condenen como tal? El Islam proporciona a este
respecto un ejemplo instructivo: para las autoridades religiosas, las cofradías
iniciáticas son sólo organizaciones de hombres piadosos o letrados, que a veces
exageran en las manifestaciones de su celo; en cambio, cada vez que los
iniciados han manifestado abiertamente su independencia, dichas autoridades han
actuado con rigor; pero sólo lo han hecho con respecto a individuos y no con
respecto a las cofradías, que tenían precisamente su lugar casi orgánico en el
sistema exotérico. Lo mismo diría de los masones: la Iglesia no tenía que
actuar con rigor contra ellos mientras construyesen catedrales y no se hiciesen
notar por nada más, de no ser por su piedad cristiana; por lo demás eran
indispensables para la cristiandad, y su número era proporcional a su utilidad;
no constituían un movimiento y sólo aceptaban en sus filas a cristianos;
estamos hablando del mundo de la Iglesia latina, desde luego. En cuanto a los
masones modernos, no desempeñan ningún papel inteligible en el mundo cristiano,
y su existencia no corresponde a nada; a parte de esto, son muy numerosos y
constituyen un verdadero movimiento, basado en una moral filosófica,
independiente de la doctrina cristiana. En estas condiciones, ¿puede verdaderamente
decirse que lo que ha condenado Roma es un «esoterismo»?
La
rápida difusión de la francmasonería no aportó ninguna luz al mundo en el que
se produjo, y el hecho de que coincida con una de las fases de la decadencia
occidental permite incluso pensar que no tenía en modo alguno causas espirituales;
¿quién querrá entonces sostener que aquella rápida difusión se explica por un
rebrote de las aptitudes iniciáticas en la época de los Voltaire y los
Rousseau? ¿No eran masones algunos de los más nefastos causantes de la
obscuración moderna? En todo caso, aquella difusión inesperada de una
organización iniciática en un mundo esencialmente profano, y ello en un momento
en que aquella organización, la masonería, había dejado de ser «operativa» y
que, hablando con rigor, había perdido su razón de ser, no me parece que
corresponda a nada muy regular. Por lo demás, Guénon dijo en algún sitio que la
masonería fue victima de tendencias modernas y, en parte, de la contrainiciación,
que se infiltró en algunas logias y que consiguió apartar a la masonería de sus
metas espirituales; si es así –repito mi pregunta de hace un momento—, ¿puede
acusarse a la Iglesia de haber condenado un esoterismo?
Formas
de expresarse como esta: «… los masones… no pueden recibir los sacramentos por
el mero hecho de su calidad de iniciados», este tipo de formas de expresarse,
digo, me parecen inadecuadas, pues usted tampoco diría: «Al Hallâj fue ejecutado
por el mero hecho de su calidad de iniciado»; ni a Al-Yunaid ni a Ibn ‘Arabi
se les pasó por la cabeza hablar de «abuso de autoridad», pese a que la cosa
fuese mucho más grave que la condena de una masonería que se había vuelto
meramente «especulativa». Esa «calidad de iniciados» de la que usted habla, por
lo tanto, no está de ningún modo en tela de juicio. Me parece que, si la masonería
hubiera permanecido dentro de sus límites normales y no hubiera sido víctima
del espíritu antitradicional, la Iglesia no la habría condenado, como tampoco
lo hizo en los siglos anteriores; pero, ante un fenómeno tan anormal, desde el
punto de vista exotérico e incluso simplemente tradicional, como la expansión
de la masonería, ¿podía el exoterismo reaccionar de modo distinto a como lo
hizo? Tenga en cuenta esto, por favor: en una civilización de forma religiosa,
el esoterismo debe necesariamente basarse, aunque sólo fuera según las
apariencias, en esa forma; cuando no lo hace, viola las leyes de esa
civilización y debe soportar las consecuencias de hacerlo. La rápida expansión
de la masonería se vio favorecida por las guerras de religión, y más tarde por
el siglo filosófico; si aquella expansión hubiera tenido una causa espiritual,
habría debido tener un sentido positivo para el ambiente en que se producía;
sin embargo, nunca se ha constatado en ningún sitio, en el mundo moderno, la
menor influencia que entrañase la presencia de una fuerza espiritual de
naturaleza iniciática. Hablo, desde luego, de los dos siglos entre la fundación
de la Gran Logia de Londrés y la obra de Guénon, y no de estos últimos años, sin
contar con que las influencias orientales consecutivas a esta obra no constituyen
una «fuerza» como la masonería.
Siendo
esto así, me parece que, partiendo de la idea de que Roma no ha condenado a la
masonería en calidad de esoterismo, sino únicamente en calidad de movimiento
peligroso para la fe de los fieles, puede uno, cuando considera que pertenece a
la masonería en la medida en que representa precisamente un esoterismo,
situarse en un punto de vista intemporal y considerarse con pleno derecho a no
darse por aludido por la condena de Roma, a condición, sin embargo, de
pertenecer a una logia no federada.
Conforme
al deseo formulado en su carta, le he escrito lo que pienso, sin querer meterme
en cosas que no me conciernen directamente.